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Página 2 de 4 En Panamá no es un delito ser homosexual, pero si es considerado como una falta administrativa con severas sanciones bajo las normas de la Moral y las Buenas Costumbres. Existe en nuestro país en pleno siglo 21 el decreto 149 de 1949, donde se sanciona la práctica de la sodomía con 3 meses a 1 año de cárcel y de $ 50.00 a $ 500.00 dólares. Dentro del reglamento interno de la Policía Nacional, se considera causal de destitución si la institución descubre tu vida como lesbiana y como homosexual. La AHMNP ha recibido denuncias por este tipo de discriminación. Si el Estado se adjudica el derecho de discriminar a un panameño o panameña por su orientación sexual al derecho a trabajar, podemos decir que existe la discriminación institucionalizada. Se incumple con el proyecto vital de democratización de la República cuando por comisión u omisión se excluye a un sector de la población de derechos inalienables. Tal es el caso de los panameños y panameñas que por razón de su orientación sexual o su identidad de género carecen de protección contra la discriminación en los centro de trabajo y de estudio, en el acceso a los servicios público, servicios de salud y otros. Por comisión al mantener vigente el Decreto 149 del 20 de mayo de 1949 que en su artículo 12 sanciona la sodomía y, si bien la sinonimia entre homosexuales y sodomía se basa en un craso error de interpretación de un pasaje bíblico, no es menos cierto que el decreto constituye una sanción contra las prácticas sexuales homosexuales ampliamente aceptada como válida en nuestro uso común del idioma español y en nuestra tradición legal. Por omisión al no incluir las categorías de orientación sexual e identidad de género como categorías protegidas contra la discriminación ni en la constitución ni en las leyes de la República, incluyendo la recién aprobada Ley 11 del 22 de abril de 2005 . Argumentos utilizados para denegar los derechos humanos a las minorías sexuales se basan en creencias religiosas o en mitos y prejuicios que no tienen fundamento ni en la investigación científica ni en los datos estadísticos recopilados por instituciones del país e internacionales. En cuanto a los argumentos basados en creencias religiosas, respetamos el derecho de todo ciudadano/a a albergar sus creencias, pero defendemos la filosofía democrática como mejor forma de gobierno y por la cual muchos panameños/as, incluyendo sin duda minorías sexuales, han ofrendado sus vidas. Basados en los estudios científicos realizados hasta el presente, se estima que entre el 5 y 10 % de la población panameña es homosexual. Dado que estos estudios se basan en la auto-identificación y muchas personas no admiten ser homosexuales aunque sólo sea a un/a encuestador/a por temor a que se filtre la información y se exponga a acciones discriminatorias yo rechazo familiar y social, es razonable pensar que el porcentaje real es más alto. Por esta razón exigimos la discusión y aprobación del anteproyecto "por el cual se prohíbe la discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género", que fue presentado en septiembre de 2005.
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